Muchas veces nos planteamos qué seguros podemos incluir como gasto de una actividad económica para un autónomo.
Para salir de dudas hemos elaborado un listado de los seguros que podemos incluir y sus límites:
- Seguro de Responsabilidad Civil. Es el seguro que cualquier autónomo debe tener sí o sí. Cubre cualquier reclamación recibida por daños caudados en el ejercicio de la actividad. Gasto Deducible SIEMPRE 100% sin límite. 🟢
- Seguro de Salud. Este tipo de seguro es bastante común ya en la mayoría de población. Se puede incluir como gasto de la actividad con LÍMITE – máximo 500€ anuales por cada miembro de la unidad familiar (cónyuge + hijos menores 25 que convivan en el hogar familiar). El Límite se amplia a 1.500€ si se trata de personas con discapacidad .🟠
- Seguro de local / almacén. Seguro del local afecto a la actividad o almacén. Se puede deducir sin limite.🟢
- Seguro de la vivienda del autónomo si trabaja desde casa y lo tiene así declarado en hacienda. Tiene límites. Se podrá incluir como gasto en proporción al porcentaje de la vivienda que utiliza para el ejercicio de la actividad. 🟠
- Seguro de incapacidad laboral transitoria (ILT). Este tipo de seguro es poco conocido pero muy útil para autónomos. Cumplimenta la retribución de la seguridad social cuando un trabajador autónomo está de baja. Se puede incluir como gasto, pero con el mismo limite que el seguro de salud teniendo en cuenta que el límite es CONJUNTO.
Es decir, el gasto incluido por el seguro de salud + seguro ILT no puede superar los 500€ anuales. 🟠 - Seguro de vida. Entra en la misma regulación que el seguro de salud + seguro de ILT. Sí se puede incluir como gasto, pero otra vez opera el límite conjunto de los 500€. 🟠
- Seguro accidentes convenio. Importante y poco conocido. Es obligatorio para aquellos autónomos que tienen empleados y su convenio colectivo obliga a su contratación. Suele ser un seguro de coste muy bajo en función del número de empleados. Gasto deducible 100%. 🟢
- Otros seguros a incluir – Seguros de caución, seguro de impago de pólizas, seguro de mercancías y otros seguros de la actividad vinculados al negocio. 🟢
- Seguro de vehículos. ¡Ojo con los vehículos! Como norma general no se puede incluir como gasto de la actividad. La única excepción es en el caso de determinadas actividades como son: conductores, profesores autoescuela o agentes comerciales. En todo caso se debe demostrar que el vehículo está 100% afecto a la actividad y que no se hace uso privado del mismo. 🟠🔴
- Seguros que NO se pueden incluir nunca. Seguro de decesos, seguros de animales de compañía, seguro de viajes vacacionales no vinculados con la actividad, seguro de vehículos no comerciales. 🔴
Tener un seguro es necesario, incluso en casos, obligatorio por Ley, si el gasto generado resulta deducible puede ser un buen ahorro, aunque la prioridad siempre es tener un producto que cubra las contingencias esperadas y cumpla los requisitos legales.
En Cinglar colaboramos con AXA, compañía de seguro internacional y de máxima confianza, si queréis un estudio de seguros a contratar unido a un asesoramiento fiscal, laboral y jurídico, os podemos orientar. 🟢 🟢 🟢 🟢
🟢 Deducible.
🟠 Deducible con límites.
🔴 No deducible.